La llegada del CFDI 4.0 es una realidad, por ello, te compartimos 8 datos que debes saber sobre este cambio.
- Última prorroga la entrada en vigor a partir del 1° de Enero 2023.
- Se incluyen de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
- Se incluyen de manera obligatoria los campos de tiempo y RFC del cliente, de los trabajadores tipificados como de servicios especializados.
- No contar con el domicilio correcto no solo afecta a la nómina del colaborador, sino a toda la nómina, ya que, de acuerdo con los artículos 27, fracción III de la LISR, 29 y 29-A del CFF, así como la guía de llenado del CFDI versión 4.0; uno de los requisitos principales para la deducibilidad del gasto de la nómina es que esté 100% timbrada.
- Los colaboradores deberán actualizar su información fiscal con el domicilio correcto, con el que estén dados de alta en el SAT.
- En ninguna de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni de la Ley Federal de Trabajo se contempla el no pago de los sueldos y salarios o el despido a los trabajadores que no entreguen a su empleador su CSF o CIF textualmente, aunque existe la postura que cuando los trabajadores no entreguen la CSF o CIF, los patrones pueden dejar de cubrir el salario al producirse una causal de suspensión de la relación laboral; fundamentado en el artículo 42, fracción VII de la LFT.
- El cumplimiento con el nuevo CFDI 4.0 es casi imposible sin automatización, esto genera grandes beneficios individuales y colectivos para las empresas.
- Las multas y sanciones por incumplimiento son significativas.
Es necesario sensibilizar a los trabajadores de la importancia que tiene este documento para la empresa, indicándoles que la imposibilidad de deducir el pago de sus salarios, afectará negativamente las finanzas empresariales.
En Out Helping el bienestar de nuestros clientes y colaboradores es nuestra prioridad.